Resolución 1067 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Resolución 1067 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas | ||
---|---|---|
Asunto | Derribo de aviones de Hermanos al Rescate | |
Fecha | 26 de julio de 1996 | |
Texto en español | S/RES/1067(1996) | |
Votación | A favor: 13 En contra: 0 Abstenciones: 2 Ausentes: | |
Resultado | Adoptado | |
Miembros del Consejo en 1996 | ||
Permanentes | ||
China Francia Rusia Reino Unido Estados Unidos | ||
No permanentes | ||
Botsuana Chile Egipto Guinea-Bisáu Alemania Honduras Indonesia Italia Corea del Sur Polonia | ||
Cuba y aguas circundantes. | ||
← 1066 — 1068 → | ||
[editar datos en Wikidata] |
Resolución 1067 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada el 26 de julio de 1996, luego de tomar nota de diversas declaraciones y resoluciones del Presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) deplorando el derribo de dos aeronaves civiles por parte de la Fuerza Aérea de Cuba el 24 de febrero de 1996, el Consejo exhortó a Cuba a cumplir con las obligaciones internacionales relativas a la aviación, en particular el Convenio sobre Aviación Civil Internacional.[1]
Historia
La República Popular China y Rusia se abstuvieron de votar la Resolución 1067, que fue aprobada por los otros 13 miembros del consejo.[2] China y Rusia creían que la resolución señalaba a Cuba en el incidente para su condena y en cambio, deberían haber emitido un llamado que instaba a los estados tanto a abstenerse de derribar aviones civiles como a prevenir el uso indebido de la aviación civil.[1]
El Consejo de Seguridad recordó la soberanía que tenían todos los países en el espacio aéreo sobre su territorio y aguas territoriales . En este sentido, todos los países tenían que cumplir con los principios, reglas y normas del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago), incluidas las reglas relativas a la interceptación y no uso de armas contra aeronaves civiles.
La resolución señaló que el derribo de las dos avionetas, pertenecientes a la organización Hermanos al Rescate dirigida por exiliados cubanos, constituyó una violación del principio de no utilizar armas contra aeronaves civiles en vuelo y que, al interceptar dichas aeronaves, la vida de las personas a bordo no debe correr peligro. Cuba había argumentado que los vuelos eran actos de provocación en su espacio aéreo.[3] Se expresaron las condolencias a las familias de las 4 personas fallecidas como consecuencia de la interceptación, que fue condenada por el cabildo.[4] Todas las partes fueron llamadas a respetar la aviación civil internacional, las leyes y procedimientos, al mismo tiempo que reafirma el derecho de los estados a utilizar las medidas apropiadas contra las aeronaves que se utilizan para fines contrarios a los del Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Se instó a todos los estados que aún no habían ratificado el Convenio sobre Aviación Civil Internacional a que lo hicieran, mientras que se acogió con beneplácito la decisión de la OACI de investigar las normas y prácticas para evitar un incidente similar en el futuro.
Véase también
- Relaciones diplomáticas entre Cuba y Estados Unidos
- Anexo:Resoluciones 1001 a 1100 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Referencias
- ↑ a b «Resoluciones del Consejo de Seguridad». www.iri.edu.ar. Consultado el 29 de julio de 2023.
- ↑ Resoluciones y declaraciones del Consejo de Seguridad. Naciones Unidas: Departamento de Información Pública, Servicio de Cobertura de Noticias. 1997. p. 55.
- ↑ «U.N. Won't Punish Cuba in Downing of Planes (Published 1996)» (en inglés). 27 de julio de 1996. Consultado el 29 de julio de 2023.
- ↑ Diederiks-Verschoor, Isabella H. Philepina; Diederiks-Verschoor, Isabella Henrietta Philepina; Butler, M. A.; Diederiks-Verschoor, Isabella H. Philepina (2006). An introduction to air law (8., rev. ed edición). Kluwer Law International. ISBN 978-90-411-2458-6. Consultado el 29 de julio de 2023.